La Justicia homologó un acuerdo de juicio abreviado para Santiago Ezequiel Paredes, quien atropelló a Roberto Mario Tapia. La pena incluye inhabilitación para conducir por seis años.
La causa por la muerte del ciclista Roberto Mario Tapia tuvo una definición judicial este martes, luego de que la Justicia homologara un acuerdo de juicio abreviado y condenara al conductor que lo atropelló en Rivadavia. El hecho ocurrió cuando Tapia, de 74 años, circulaba en bicicleta y fue embestido desde atrás por un Chevrolet Corsa manejado por Santiago Ezequiel Paredes, de 23 años, en la intersección de Rastreador Calivar y Pasaje Castro.
El ciclista no falleció en el lugar, pero las lesiones sufridas fueron de extrema gravedad y su deceso fue confirmado horas más tarde, según el parte médico. La investigación estuvo a cargo del fiscal Nicolás Schiattino, de la UFI Delitos Especiales.
Durante la audiencia de formalización, el Ministerio Público Fiscal y el abogado defensor, Juan Humberto Fonzalida, presentaron el acuerdo de juicio abreviado. La abogada querellante, Marcia Miodovsky, se opuso al acuerdo, argumentando que el conductor circulaba a velocidad excesiva y solicitó que fuera investigado por homicidio culposo agravado.
En ese marco, se informó que la Fiscalía había ordenado una pericia para determinar la velocidad del vehículo. El estudio concluyó que el Chevrolet Corsa circulaba entre 58 y 60 kilómetros por hora, una velocidad que no supera el máximo permitido para que la figura penal pueda agravarse.
Uno de los momentos de la audiencia se produjo cuando la querella aseguró no haber sido notificada sobre el resultado de esas pericias. Desde la acusación pública sostuvieron que la información había sido remitida a todas las partes. Ante la controversia, el juez de Garantías Pablo Leonardo León pidió verificar la certificación de los correos electrónicos enviados. Según fuentes del caso, la querellante comprobó que los mensajes estaban en su casilla.
Finalmente, el magistrado homologó el acuerdo alcanzado entre Fiscalía y defensa, y condenó a Paredes a tres años de prisión en suspenso por el delito de homicidio culposo por conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria. Además, se dispuso la inhabilitación para conducir vehículos motorizados por el plazo de seis años.
