domingo, 31 mayo, 2026
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Denunciaron penalmente a Milei por retirar pliego de candidata a jueza federal

El presidente Javier Milei fue denunciado penalmente tras solicitar al Senado el retiro del pliego de la abogada María Verónica Michelli, propuesta para el Tribunal Oral Criminal Federal Nº 3 de La Plata. La denuncia fue presentada por la organización Reset Republicano.

El presidente Javier Milei fue denunciado penalmente luego de que el Poder Ejecutivo enviara una notificación formal al Senado de la Nación solicitando el retiro del pliego de la abogada María Verónica Michelli, quien había sido propuesta para ocupar una vacante como vocal en el Tribunal Oral Criminal Federal Nº 3 de La Plata.

La denuncia penal, radicada por sorteo en el Juzgado Federal Nº 6, fue impulsada por los abogados José Lucas Magioncalda y Juan Martín Fazio, integrantes de la organización civil Reset Republicano. Los denunciantes sostienen que la medida no responde a criterios de idoneidad ni impugnaciones técnicas, sino a una persecución ideológica y un acto discriminatorio fundado en el vínculo de parentesco de la postulante. Michelli es cuñada del periodista Hugo Alconada Mon, miembro del diario La Nación.

El periodista Alconada Mon ratificó en sus redes sociales el trasfondo de la decisión oficial. El periodista ha liderado investigaciones vinculadas a presuntos desvíos financieros y al crecimiento patrimonial de altos funcionarios de la administración libertaria. En el ámbito parlamentario, el pliego de Michelli ya había reunido las firmas necesarias en la Comisión de Acuerdos —presidida por el senador libertario Juan Carlos Pagotto— para emitir un dictamen mayoritario y ser debatido en el recinto. La orden de frenar su designación desactivó el avance parlamentario.

La presentación de Reset Republicano solicita que se investigue la presunta violación de la Ley Antidiscriminatoria, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. El retiro de pliegos judiciales por motivaciones extrajurídicas reactiva el debate institucional sobre los límites del Poder Ejecutivo en la designación de magistrados, regulado por el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional.

La jurisprudencia histórica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece que el Presidente tiene la facultad discrecional de enviar y retirar pliegos mientras estos se encuentren bajo análisis de la Cámara alta. El estándar internacional fijado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece directrices sobre la no discriminación y la protección de la independencia judicial. En fallos como Reverón Trujillo vs. Venezuela o Chocrón Chocrón vs. Venezuela, el tribunal interamericano determinó que los procesos de selección y ascenso de jueces deben guiarse por la igualdad de oportunidades, el mérito y la capacidad profesional.

Los denunciantes sostienen que el uso de potestades constitucionales con fines punitivos o de represalia indirecta contra la libertad de prensa desnaturaliza la discrecionalidad del Ejecutivo. La justicia federal deberá determinar si la decisión constituye un acto de gobierno no judiciable o si cruza la frontera de los delitos de abuso de funciones establecidos en el Código Penal.

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