El máximo tribunal provincial dispuso el fin de la modalidad remota como práctica habitual a partir del 30 de abril, con excepciones justificadas.
La Corte de Justicia de San Juan resolvió poner fin a la modalidad remota como práctica habitual en audiencias judiciales. Desde este 30 de abril, los jueces y juezas de los fueros Civil, Comercial Especial, Contencioso Administrativo y Laboral deberán participar de manera presencial, según lo establece el Acuerdo de Superintendencia Nº 17/2026.
La medida, firmada por la Sala Tercera del máximo tribunal provincial, apunta a revertir el uso extendido de herramientas virtuales. Si bien estas plataformas fueron clave durante la pandemia de Covid-19, su utilización se mantuvo incluso tras el retorno a la normalidad, situación que la Corte consideró necesario revisar.
En ese sentido, el documento advierte que “habiendo desaparecido el contexto de excepción”, las audiencias remotas continuaron realizándose de forma sostenida, lo que motivó la intervención del tribunal para redefinir los criterios de funcionamiento. Con esta decisión, la presencialidad vuelve a consolidarse como regla general en el sistema judicial sanjuanino, en línea con el modelo de oralidad.
Los ministros remarcaron que este esquema fue concebido con la presencia física del magistrado frente a las partes y sus representantes legales. Además, destacaron que la intervención directa del juez mejora la calidad de las audiencias y refuerza principios clave como la inmediación, la transparencia y la posibilidad de conciliación, así como también la correcta valoración de la prueba. En ese marco, subrayaron que la presencia del magistrado posee un “valor social intangible” que excede lo meramente operativo.
No obstante, la resolución contempla situaciones excepcionales. En casos de fuerza mayor o circunstancias extraordinarias debidamente justificadas, los jueces podrán solicitar autorización para participar de manera remota, manteniendo así cierto margen de flexibilidad ante escenarios imprevistos.
