La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo levantó la medida cautelar que suspendía más de 80 artículos de la Ley de Reforma Laboral. Desde ahora, las nuevas reglas sobre indemnizaciones, período de prueba, banco de horas y vacaciones están vigentes en todo el país.
Tras meses de incertidumbre jurídica, el escenario laboral en Argentina ha dado un nuevo giro. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió levantar la medida cautelar que mantenía frenados más de 80 artículos clave de la Ley de Reforma Laboral. La modificación no es solo legal, sino que implica una reconfiguración de las relaciones entre empleadores y asalariados que ya está operativa en todo el país.
Uno de los puntos más sensibles es la modificación del sistema indemnizatorio. La ley ahora establece que el cálculo para el despido sin causa se limitará estrictamente a la remuneración mensual y habitual, dejando fuera conceptos como el aguinaldo (SAC) o las vacaciones proporcionales. Además, se abre la puerta a la alternativa del fondo de cese, inspirada en el modelo de la construcción, mediante la negociación en paritarias.
Para aliviar la carga financiera de los juicios, se habilitó a las empresas a pagar sentencias firmes en cuotas: hasta seis para grandes firmas y doce para PyMEs. La reforma introduce también el concepto de banco de horas, una herramienta que permite una administración más elástica de la jornada. Empresa y trabajador pueden pactar por escrito cómo compensar las horas extra, siempre respetando el descanso obligatorio de 12 horas entre jornadas, y acumular tiempo para ser compensado con francos.
En cuanto al descanso anual, se mantiene el período tradicional de octubre a abril para otorgar vacaciones, pero la normativa permite el fraccionamiento (mínimo de 7 días) y la posibilidad de tomarlas en cualquier momento del año si hay acuerdo mutuo. Para proteger al empleado, se exige que al menos una vez cada tres años las vacaciones coincidan con la temporada de verano.
Otro cambio relevante es la extensión del período de prueba: el plazo estándar de tres meses se extiende ahora a seis, e incluso puede llegar a los ocho meses en microempresas de hasta cinco empleados. Durante este tiempo, la desvinculación no genera derecho a indemnización, aunque persiste la obligación de realizar aportes y contribuciones desde el primer día.
Finalmente, se eliminaron las multas por falta de registro o registro deficiente que establecía la Ley 24.013. El Gobierno apuesta ahora a un sistema de incentivos para la regularización mediante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), simplificando la burocracia con libros digitales y la obligatoriedad del pago bancarizado, con el objetivo de reducir la litigiosidad en el mercado de trabajo argentino.
